
La Comisión de Protección al Consumidor N°2 de Indecopi decidió multar a Telefónica con S/. 79,258.00 por reincidir en el indebido uso de los datos personales del consumidor y llamarlo de forma agresiva y reiterativa a su número de celular para promocionar servicios sin tener su consentimiento. La empresa utilizó un sistema de llamadas automáticas que se repetían una y otra vez a toda hora a lo largo del día, incluso en la madrugada.
De igual modo, multó a Entel con el mismo monto, en atención a otro usuario, quien denunció que le enviaban mensajes de texto promocionales constantes sin tener su autorización, a pesar de que pidió que se abstuvieran de seguir con esa conducta.
Las dos empresas infringieron el Código de Protección y Defensa del Consumidor, que establece que están totalmente prohibidas todas las prácticas comerciales que; a través de servicios de centros de llamada, sistemas de llamado, envío de mensajes de texto o electrónicos masivos; impulsan sus productos y servicios utilizando los números telefónicos y direcciones electrónicas de los consumidores que no brindaron su consentimiento previo, informado, inequívoco y expreso, para eso.
Cabe mencionar que, en el 2020, la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi también sancionó a Telefónica con 1 UIT por emplear agresivos métodos comerciales, al mandar mensajes de texto para impulsar sus productos y servicios sin tener consentimiento. Ese mismo año, la Comisión de Protección al Consumidor N°3 sancionó también a la empresa con 40 UIT por esa misma razón.
Además, en el 2020, la Comisión de Protección al Consumidor N°2 habría sancionado a Entel con una amonestación por hacer llamadas al número de celular de un consumidor para ofrecerle productos y servicios sin su consentimiento, decisión que habría sido confirmada por la Sala Especializada en Protección al Consumidor de dicha institución.